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Vivir con permiso

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El Gobierno congeló por DNU los alquileres y los créditos hipotecarios por seis meses

Rara vez o casi nunca la moneda cae de canto, generalmente se posiciona de un lado o del otro.

En la temática de los alquileres la moneda tiene dos caras y cada una de ellas tiene su propio peso específico. En una de las caras aparecen los locatarios que son esa gran masa de argentinos que no pueden acceder al sueño de su casa propia y que son el magro resultado de una deficitaria política de vivienda por parte del ejecutivo nacional desde épocas ancestrales, y en otra se asoman los Locadores que se pueden subdividir en varias clases, desde aquellos agraciados económicamente que invirtieron en el mercado inmobiliario hasta “Doña Rosa” que puso su única propiedad en alquiler con el objetivo de acrecentar su alicaída economía doméstica.

Los primeros según obra en el Código Civil deben garantizarle al locador el “uso y goce pacifico de la cosa” esto es palabras más palabras menos la posibilidad de alquilar una vivienda digna con las garantías civiles y sociales a cambio de un canon locativo y los segundos deben afrontar esta obligación mensualmente de acuerdo al Contrato celebrado y cuyas clausulas reparten responsabilidad de un lado y del otro.

En el medio de esta relación contractual surgen innumerables situaciones entre las partes que no hacen más que engrosar la casuística jurídica debiendo en más de una oportunidad buscar un intermediador (en muchos casos La Inmobiliaria) que no es más que un facilitador de soluciones y que es visto por un lado como un Ente recaudador propio de las épocas medievales y por el otro como una especie de Seguro que Caución que debe garantizar sus ingresos más allá de lo humanamente posible.

En estos tiempos de Covid-19 (léase CORONAVIRUS/PANDEMIA MUNDIAL) los alquileres saltaron a Primera Plana habida cuenta de la situación económica caótica que empieza de vislumbrarse por el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIA, y en donde cada una de las partes quiere en muchos casos “sacar ventaja”. Las próximas medidas que tomara el Ejecutivo Nacional a través de un DNU y en la que nuestro Excelentísimo Señor Presidente tratara de marcar la cancha y poner reglas claras, será el FARO en la tormenta que nos permita llegar a puerto lo más ileso posible.

Conforme a este Decreto de Necesidad y Urgencia es menester aclarar que el congelamiento del valor de los alquileres NO faculta (léase le da derecho) al inquilino a NO PAGAR el monto establecido en el contrato sino que su monto no puede ser modificado hasta el día 30 de Septiembre del corriente año y cuyo precio debe retrotraerse al monto establecido para el mes de Marzo. Asimismo las actualizaciones se encuentran “suspendidas” hasta esa fecha y la diferencia que se genere entre los que efectivamente pague y lo que debía pagar, se abonara en 3 cuotas mensuales y consecutivas sin intereses y que deberá comenzar a abonarse desde el mes de Octubre. Ahora bien también es dable destacar que serán exceptuados aquellos propietarios que acrediten que dependen del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente o sea que “DOÑA ROSA” a prima facie “tiene asegurado legalmente la factibilidad de cobro” pero en realidad dependerá de la buena voluntad y de más de una circunstancia para hacerse de las mercedes locativas, y ahí es donde empieza y termina todo.

Ojala que los caminos de la mediación, el dialogo y la comprensión no se enmarañen detrás de actitudes mezquinas y roñosas, sino todo lo contrario.

En definitiva de un lado o de otro la consigna de hoy es VIVIR CON PERMISO.

por Hernán Cabral Albert

Gerente Cabral Albert Operaciones Inmobiliarias


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