A continuación publicamos el comunicado de la Comunidad Regional del Departamento Río Segundo que establece lo siguiente:
VISTO: El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nro. 260/2020, que amplia por un año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la ley 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la organización mundial de la salud (OMS) en relación con el covid-19, y CONSIDERANDO: Que, a través del decreto Nro. 297/2020 se estableció una medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Que, en su art. 6 del decreto Nro. 297/2020 se exceptuó del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, y se estableció que los desplazamientos de las personas habilitadas debían limitarse al estricto cumplimiento de dichas actividades y servicios. Que, a través de diversas decisiones administrativas se incorporaron una serie de actividades y servicios a los ya declarados esenciales en la emergencia.
LOS INTENDENTES Y PRESIDENTES COMUNALES QUE INTEGRAN LA COMUNIDAD REGIONAL DEL DEPARTAMENTO RIO SEGUNDO, HAN RESUELTO DE MANERA UNANIME, DISPONER:
1) Que ningún municipio o comuna permitirá ni autorizará actividad alguna, hasta tanto el gobierno nacional o provincial lo disponga expresamente, dando de esta manera estricto cumplimiento a los términos del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el gobierno nacional y ratificado por el gobierno provincial.
2) Que, con el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba, se van a informar solo los casos positivos de covid-19 y no los datos del caso, resguardando así la identidad de las personas.
3)Establecer el uso obligatorio de Máscara, barbijo y/o Tapabocas a toda persona que realice atención al público, en instituciones y comercios, ubicados dentro del territorio del departamento Río Segundo.
4)Sugerir, a los vecinos que por necesidad, tengan que circular por la vía publica el uso de Máscaras, barbijo y/o tapaboca, para así evitar la circulación de virus covid-19 (coronavirus).
5) Establecer el uso de una planilla de control, en carácter de declaración jurada, para cada comercio que este habilitado en el art. 6, en la cual, se llevará adelante un control de temperatura y olfato, de cada personal de trabajo del local.
Adhieren: Gustavo Aimar Pte. Comuna Colonia Videla Secretario de la C. R. Rio II, Damián Pastore Intendente de Las Junturas Tesorero, Cristian Villalón Intendente Manfredi, Presidente de la C. R. Rio II, Claudio Gorgerino Intendente Calchín, Fabián Bossio Intendente Calchín Oeste, Daniel Tappero Intendente Carrilobo, Daniel Turina Intendente Capilla del Carmen, Maciel Balduzzi Intendente Costa Sacate, Sergio Temporini Intendente Colazo, Ulises Viale Presidente Comuna Impira, Elena Massimino Presidente Comuna Los Chañaritos, Lucas Valiente Intendente Luque, Franco Cingolani Intendente Matorrales, Gastón Re Intendente Oncativo, Leopoldo Grumstrup Intendente Pilar, Sergio Ludueña Presidente Comuna Rincón, Marcos Fera Intendente Santiago Temple, Jorge Roland Intendente. Pozo del Molle, Ricardo Manera Intendente Villa del Rosario, Darío Chesta Intendente Río Segundo, Matías Torres Intendente Laguna Larga.