71 localidades de la región retroceden de fase según recomendación del COE regional. Sería hasta el 4 de octubre en Villa María y zona
Villa María y zona retroceden de fase hasta el 4 de octubre
El COE Regional de Villa María dispuso retrotraer de fase en esa ciudad y las localidades cercanas, ante el aumento de los contagios en los últimos días.
La medida regirá hasta el 4 de octubre próximo y está en consonancia con restricciones similares recomendadas para otras grandes ciudades del interior provincial, que sin embargo no han sido acatadas, caso Alta Gracia y Villa Carlos Paz.
“En los últimos días nuestro país, la provincia de Córdoba y esencialmente nuestra región, compuesta de 71 municipios, han experimentado un aumento considerable de contagios de COVID-19, que han llevado al límite la capacidad de la infraestructura sanitaria para prestar atención a las personas que requieren tratamiento con internación”, señalaron desde el COE.
La intención es “minimizar la circulación de personas y con ello tratar de mitigar las posibilidades de mayores contagios, a los fines de evitar la necesidad de tomar medidas más restrictivas”.
Las acciones que implementarán en las dos Villas y los otros 69 municipios regirán desde la hora cero de este lunes hasta el domingo 4 de octubre y comprenden:
1- Horario: se establece que todas las actividades comerciales, administrativas, culturales, gastronómicas deportivas, recreativas y cualquier otra que pudiere desarrollarse en forma individual o colectiva, se deberán llevar a cabo entre las 8 y las 20. Solo quedan exceptuadas de la limitación horaria las actividades de farmacia, urgencias médicas, expendio de combustible e industrias dedicadas a la producción de alimentos e insumos de la industria alimenticia.
2 – Actividades deportivas, culturales, artísticas y recreativas: estas actividades solo se podrán practicar en forma individual y dentro del horario permitido. Queda restringida la práctica deportiva de carácter grupal y/o en equipos, sea esta de carácter competitivo o recreativo.
3 – Actividades al aire libre: todas las actividades deportivas y recreativas que se realizan al aire libre, en espacios públicos o privados, deberán desarrollarse en el horario habilitado y con riguroso cumplimiento del protocolo de bioseguridad individual, manteniendo el distanciamiento de dos metros, con utilización de barbijo y/o tapaboca y con higienización permanente de manos. No está permitido la detención y permanencia en el lugar por más de 15 minutos, como así tampoco la utilización del mobiliario urbano y/o deportivo que se encuentra instalado en los espacios públicos.
4 – Factor de ocupación: se solicita respetar el factor de ocupación del 50% en todos aquellos espacios cerrados en los que se realizan las actividades autorizadas, siendo a cargo de los responsables, titulares, encargados y/o propietario del espacio hacer cumplir el protocolo de bioseguridad individual.
Fuente: lmdiario