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Ley de Góndolas para tiendas virtuales

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El pasado viernes, publicaron la resolución 926/2021 en el Boletín Oficial. Allí, se dio a conocer que la Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para tiendas virtuales.

Se trata de una normativa para las grandes cadenas de supermercados que poseen una tienda web.

En primera instancia, la reglamentación establece la forma en que las páginas web de los supermercados deben ordenar los productos. 

De este modo, el orden debe ser de menor a mayor según su precio por unidad de medida. Así, quienes deseen consumirlos podrán ver primero los más accesibles.

Esta forma de presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales. Asimismo, podrán incluir otras alternativas de ordenamiento para la personalización de cada usuario.

Además, según establece el reglamento de la Ley de Góndolas, las tiendas virtuales tienen que indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo. El mismo deberá ser aprobado previamente por Comercio Interior.

De esta forma, aunque una persona escoja una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar el producto más barato por unidad de medida.

Por último, otra de las cuestiones que plantea esta normativa es la de identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (mipymes).

Así, deberán destacar en las páginas web la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena. También los de economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, deberán poseer señalética específica aprobada por el área que conduce Paula Español.

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