El domingo 14 se harán las elecciones legislativas y ya hay una serie de actividades prohibidas hasta las tres horas posteriores a la finalización del comicio.

Al margen de las elecciones legislativas que se llevaran a cabo el próximo domingo 14 en todo el país, desde hoy a las 8 am, comenzó a regir la veda electoral, que durará hasta tres horas posteriores de la finalización del comicio, y prohíbe todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.
De acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral, las acciones que estarán restringidas son:
– Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales.
– Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.
– Está restringida el domingo la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 de ese día.
– Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.
– Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
– La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.
– Está prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
Las sanciones
Aquellas personas que incumplan con la veda podrán ser denunciadas por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penalidades son de distinto grado y tipo. Según la legislación, se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas.
Se podrá cobrar una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación, así como también a aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.