En diciembre de 2016, el cronista Andrés Carpio había dicho que en una marcha a favor del monte nativo, había «solo 300 personas» y que habían generado «caos en el tránsito vehicular». Serrano en voz de Doña Jovita le había dicho «terrorista» y «embustero»

En un reciente fallo, Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba, resolvió por unanimidad el rechazo al recurso de apelación interpuesto por el periodista de Cadena 3, Andrés Carpio, en la causa por «daños y perjuicios» que había iniciado contra el actor José Luis Serrano, quien representa el personaje «Doña Jovita».
«Celebramos este nuevo pronunciamiento judicial que va en el sentido señalado, tan imprescindible, en un contexto de grave crisis climática global», expresó la defensa de Serrano a través de un comunicado y destacó el valor de la libertad de opinión y expresión.
Un fallo anterior había desestimado la indemnización de $46 mil marcado primeramente por lo que el periodista impulsó la apelación.
La causa se inició tras un comentario que el actor hizo caracterizado como «Doña Jovita» mientras el cronista de Cadena 3 hacía la cobertura de una marcha en defensa del monte nativo en diciembre de 2016 en la ciudad de Córdoba. En la ocasión, Carpio dijo al aire: “Estos 300 que hoy crearon un caos en el tránsito vehicular, comenzaron a desconcentrarse».
Tras la crónica, Serrano en la voz de “Doña Jovita”, respondió: “Eh, Andrés Carpio, mijo, ¿qué le pasa? Un humorista, che, un humorista ahora terrorista. ¿Qué le pasa, Andrés Carpio, Andrés, que está tan incordio? ¿Qué le pasa que está tan embustero? ¡Cómo va a decir que hubo 300 personas! Se ve que ni estuvo usted, se ve que ni jué’. (…)”.
Ante esto, el periodista le inició un juicio civil y comercial a Serrano, y obtuvo la resolución favorable de la Cámara que investigó el hecho, que a la vez, rechazó la apelación del humorista. Situación que cambió en las siguientes instancias.
El fallo de Silvana María Chiapero, Fernando Martín Flores y Delia Inés Rita Carta, que se conoció esta semana, resolvió por unanimidad a favor de Serrano. Allí, confirmaron la Sentencia N° 3 dictada en 2020 por la Jueza Raquel Villagra quien había rechazado la demanda iniciada por Andrés Carpio.
En su decisión, los Jueces remarcaron la calidad de ambos litigantes como “figuras conocidas públicamente en nuestra provincia de Córdoba, por lo que sus opiniones tienen trascendencia pública y están expuestos a que el público juzgue su labor, periodística y artística, sea apoyándola o criticando”.
Luego, analizaron los términos -embustero y terrorista- utilizados por el personaje “Doña Jovita” y si estos pudieron haber provocado la ofensa invocada por Carpio en su demanda, y concluyeron que “la inexactitud de la noticia periodística precedente … es el motivo que suministra razonabilidad a la crítica y excluye todo sesgo de abuso o desproporción” por lo que descartan cualquier tipo de responsabilidad de “Doña Jovita” en el caso.