El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó la resolución 557/2023 que autoriza a las empresas prestadoras de servicios de telefonía, internet y televisión a aumentar sus tarifas con un tope del 4,5% mensual hasta diciembre de este año.

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) aprobó la resolución 557/2023 que autoriza a las empresas prestadoras de servicios de telefonía, internet y televisión a aumentar sus tarifas con un tope del 4,5% mensual hasta diciembre de este año.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, también establece nuevos valores máximos para los planes prepagos de los servicios móviles.
En el contexto de la actualización de las tarifas, los topes de aumentos aplican para pymes, cooperativas y empresas menores, ya que algunas de las grandes empresas, como Telecom o Telefónica, recurrieron a amparos y medidas cautelares para no cumplir con los mismos y así poder incrementar sus facturas por encima de estos límites.
La resolución busca procurar la menor afectación en los ingresos de la población y fomentar un escenario de competencia por precios libres. En ese sentido, se tuvo en cuenta el contexto económico y las dificultades que atraviesan todos los actores involucrados, prestadoras y usuarios.
Los aumentos se fundamentan en función de los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las licenciatarias, tomando también en consideración la capacidad adquisitiva de los usuarios.
Además, la resolución hizo alusión a la necesidad de acompañar el camino de la reducción de precios diseñado en la política económica vigente, situándose en línea a los acuerdos suscriptos por la Secretaría de Comercio con distintos sectores de la economía, para llegar hacia un sendero de reducción de la inflación.
Para el mes de mayo, los aumentos se aplicarán de forma retroactiva a partir del 30 de abril pasado. Debido a los tiempos y la entrada en vigencia de los mismos, se admitirá cierta flexibilidad de las operadoras en la difusión de los aumentos para la primera variación de precios de mayo, mientras que, para los meses posteriores, deberán comunicarlos 10 días antes a su aplicación.
La resolución también establece nuevos valores máximos para los planes prepagos de los servicios móviles, que se aplican a partir del 1 de mayo. Con los sucesivos aumentos mensuales, a partir del 1° de diciembre la recarga de 50 MB podrá cobrarse $ 65,02; el segundo de voz $ 1 y SMS $ 13.
En caso de que las prestadoras sin cautelares o recursos vigentes hubieran facturado incrementos superiores a los autorizados, no podrán proceder a computar los plazos legales para suspensión o corte del servicio ante falta de pago, y lo podrán hacer únicamente en las nuevas facturas emitidas conformes a los topes.
Además, deberán reintegrar los importes facturados en exceso, con los mismos intereses y actualizaciones que se aplican en caso de mora por el pago de facturas.