Javier Monte ex intendente de Río II, presidente de TV Pública y Radio Nacional, planteó su enérgica posición ante la intervención, por parte del Ejecutivo Nacional, de los medios públicos.
“Quiero incorporar la siguiente manifestación. Asumo que quienes estamos aquí sabemos que esta Sociedad ha sido creada, sobre la base de otras empresas preexistentes que se remontan a la aparición de la Radiodifusión y Televisión en la Argentina, mediante la Ley 26.522. Esta norma que es un ejemplo de participación democrática y consensos entre los diversos partidos políticos, establece una empresa que es del Estado y no del Gobierno. Eso queda claro en su artículo 131 que define como órgano de Gobierno y Administración, a un Directorio de siete (7) miembros, que luego de requerir que sean personas de la más alta calificación profesional en materia de comunicación y poseer una democrática y reconocida trayectoria, exige garanticen el debido pluralismo en el funcionamiento de la emisora.
Su artículo 132, dice que esos miembros son designados de la siguiente forma: Un (1) Presidente designado por el Poder Ejecutivo nacional, un (1) Director designado por el Poder Ejecutivo nacional, tres (3) directores a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, y que serán seleccionados por ésta a propuesta de los bloques parlamentarios de los partidos políticos correspondiendo uno (1) a la primera minoría, uno (1) a la segunda minoría y uno (1) a la tercer minoría parlamentaria y dos (2) a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, debiendo uno de ellos ser un académico representante de las facultades o carreras de ciencias de la información, ciencias de la comunicación o periodismo de universidades nacionales.
Los Decretos Reglamentarios 1526/2009 y 1269/2011 complementan el marco normativo.
Dicho ello, habiendo renunciado a partir del 10 de diciembre, tanto la Presidenta y el Director designado por el Poder Ejecutivo Nacional, como el miembro designado por la primera minoría parlamentaria, esas vacantes deben ser cubiertas por cada Poder con facultades para ello.
Sorpresivamente; sin embargo y a diferencia de lo que ocurre en cada cambio de gestión, nos hemos encontrado con una innecesaria y no prevista legalmente intervención, a través del Decreto 117/2024 que expresa vagamente como motivo la necesidad de transformar el régimen a Sociedad Anónima – que bien puede ser realizado con sus autoridades legítimas -. Dicho ello, asistiéndole la potestad de designar sus miembros en el Directorio se echa mano de una figura prevista para supuestos de irregularidades que aquí no operan.
Debe decirse que el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 nada dice, ni faculta para intervenir empresas estatales. Ello, por cierto, es conocido por el PEN que lo estableció en el proyecto de Ley Ómnibus tratado en el Congreso y cuyo artículo específico fuera votado el día 06 de febrero de 2024, siendo expresamente rechazado por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Es decir, claramente no solo el DNU no autoriza a la intervención, sino que además y sobre el particular, el Congreso que es el que me ha propuesto para mi cargo, expresamente rechazó tal petición del Poder Ejecutivo Nacional.
En conclusión, existiendo un camino legal, claro, normal, para designar a sus representantes el Poder Ejecutivo ha decidido acudir a un mecanismo no previsto para este motivo, desplazando la administración y gobierno de la entidad, en forma ilegítima. Tal circunstancia anticipo, habré de comunicarla al Congreso de la Nación, tanto a sus autoridades, como al Partido Político que me propusiera y a la Comisión Bicameral prevista por la Ley 26.522, eximiéndome de cualquier responsabilidad por lo que se decida en transgresión del régimen legal vigente.”, concluye el funcionario.