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La Justicia falló a favor de la AFA y ordenó suspender la implementación de las SAD en los clubes

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Un juzgado resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada y ordenó al Estado Nacional la suspensión de los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, como así también la Reglamentación de las SAD

La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) obtuvo un fallo favorable en la Justicia contra el modelo de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) con el que el gobierno de Javier Milei pretende avanzar, y lograr que los clubes puedan incorporar accionistas privados.

El Juzgado Federal de Mercedes resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la AFA, y ordenó al Estado Nacional la suspensión de los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, como así también la Reglamentación de las SAD. La medida rige hasta que sea dictada la sentencia definitiva, según dio a conocer el portal Doble Amarilla.

A mediados de agosto, el Gobierno volvió a desafiar a la AFA con un nuevo avance para que los clubes puedan ser privatizados mediante el formato de sociedades anónimas deportivas (SAD). A través del Decreto 730/2024 se reglamentó la conversión de la estructura jurídica de las instituciones.

Desde Casa Rosada cuestionan el planteo de la AFA, que sostiene que si bien la institución no tiene facultades para impedir que un club pueda elegir convertirse en SAD, la Constitución Nacional la ampara para impedir su ingreso como miembro y de participar en los torneos que organiza.

“Las organizaciones integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física que modifiquen o hubieran modificado su estructura jurídica adoptando algunas de las figuras contenidas en el artículo 19 bis de la Ley Nº20.655 y sus modificaciones tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”, sostiene la normativa.

El decreto explica además que las «personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas» que tengan como objetivo «la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del deporte y la actividad física» pueden integrarse al Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, tal como lo hacen las asociaciones civiles.

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