El transporte aéreo fue declarado servicio esencial por el Gobierno, exigiendo un servicio mínimo durante las huelgas.
El Gobierno Nacional ha oficializado el transporte aéreo como un servicio esencial a través del decreto 825/2024, publicado en el Boletín Oficial este lunes.
Esta reglamentación modifica el artículo 2 del Código Aeronáutico, imponiendo que todas las aerolíneas deben garantizar un servicio mínimo durante las medidas de fuerza.
Según el artículo 2 del anexo que regula este código, los gremios deben notificar cualquier huelga con al menos cinco días de anticipación.
Posteriormente, gremios y empresas tienen un plazo de 24 horas para acordar el nivel mínimo de servicio a prestar.
En caso de no llegar a un acuerdo, será la autoridad competente quien determine el servicio mínimo, que no podrá ser inferior al 50%.
Además, el artículo 5 de la nueva normativa estipula que las asambleas gremiales no pueden interrumpir la prestación regular del servicio.
Con esta medida, el Gobierno busca asegurar la continuidad de los vuelos y minimizar los impactos en los pasajeros durante situaciones de conflicto laboral.