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El 15° juicio de lesa humanidad de Córdoba tiene como imputado al ex juez Otero Álvarez

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El jueves 14 de noviembre, a las 9:30, comenzará el juicio al ex magistrado Carlos Otero Álvarez, absuelto en 2017 en el Juicio de los Magistrados (Causa Cornejo y otros)

La Cámara de Casación anuló la sentencia que lo absolvió y ordenó un nuevo proceso con otro tribunal.

El Tribunal Oral Federal n° 2 tramitará un nuevo juicio que juzgará al ex secretario penal del Juzgado Federal n°1 -presidido en aquel entonces por el juez Adolfo Zamboni Ledesma (fallecido)- por complicidad con la dictadura cívico militar eclesiástica.

Con este van a ser 15 los juicios por crímenes de lesa humanidad realizados en Córdoba, una de las provincias arrasadas por el terrorismo de Estado.

Cabe recordar que el año pasado se suspendió la fecha fijada tras una audiencia preliminar de las partes por cuestiones de agenda según se informó en aquél momento cuando la presidenta del tribunal era Noel Costa (Córdoba).

En representación de la Comisión Homenaje UP1 y los querellantes, Luis Miguel Baronetto sostuvo, ante este anuncio, que a 48 años de los hechos que se juzgarán, esperan que “esta vez se haga justicia”. Considera en ese sentido que será una oportunidad de “justicia reparadora que, aunque demorada, beneficiará a la sociedad que anhela una convivencia en base a la verdad, la libertad, la solidaridad y la justicia”.

En 2017, el Tribunal presidido por Julián Falcucci, junto a los vocales Camilo Quiroga Uriburu y Jorge Sebastián Gallino, condenó a tres años de prisión al ex juez Miguel Ángel Puga y al exfiscal Antonio Sebastián Cornejo y los inhabilitó en forma absoluta por un año. Absolvió al exsecretario penal Carlos Otero Álvarez, arguyendo que había actuado como “un mero fedatario” que no estaba obligado a receptar las denuncias realizadas por numerosas víctimas del terrorismo de estado. Los fiscales Carlos Gonella y Facundo Trotta apelaron el fallo. Lo propio hicieron las abogadas de la querella Adriana Gentile y Patricia Chalup.

Cuatro años después, la Cámara Federal de Casación Penal, conformada por Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, anuló el punto 9 de la sentencia que determinó la absolución y ordenó un nuevo juicio. Por unanimidad, consideraron que “carece de fundamentos jurídicos suficientes” y además “la descalifica como acto jurisdiccionalmente válido en tanto el pronunciamiento no resulta congruente con el cuadro de prueba agregada a la causa, ni con el derecho de aplicación lo cual conduce a concluir que corresponde su anulación”.

A la vez señalaron que los jueces de la instancia anterior “llevaron a cabo una valoración parcializada de las pruebas colectadas omitiendo diversos aspectos esenciales apartándose “del paradigma de los derechos humanos y de la naturaleza jurídica del derecho penal internacional”. En esa dirección, la Cámara cuestionó la absolución en estos términos: “la sentencia es el resultado del debido proceso, reprobándose la simulación de enjuiciamientos, cuyo propósito ha sido la vulneración de las normas convencionales sobre derechos humanos, para consagrar la impunidad de los imputados y la vulneración de los derechos de las víctimas que impidan investigar y arribar al derecho a la verdad”.

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