El presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Gustavo Castiñeira de Dios, le exige al autoproclamado presidente Nicolás Maduro notificar sobre el paradero del gendarme argentino Nahuel Gallo
Es una decisión con bemoles jurídicos. Primer elemento es que un tribunal está exhortando a un estado extranjero a cumplir con las normas internacionales de derechos humanos. Tiene toda la rigurosidad de un acto judicial, con elementos serios”, sostuvo en declaraciones radiales.
En la misma línea, amplió: “Cuando existe un derecho humano esencial involucrado existe esta posibilidad de actuar de tribunales extranjeros”.
“Existen numerosos antecedentes, hoy la posición del gobierno de Venezuela es insostenible jurídicamente. El primer derecho humano esencial reconocido es el derecho a la vida y la libertad, a la integridad física”, argumentó.
El habeas corpus, emitido el pasado fin de semana por la Cámara Federal de Mendoza, exhorta a las autoridades venezolanas a que informen el paradero, los motivos de su detención, y la identidad del juez responsable del proceso judicial.
Además, exige la garantía de un abogado que represente a Gallo y la posibilidad de contactarse con sus familiares. Para eso, piden presentar al detenido de forma física o telemática ante la Cancillería argentina para asesoramiento legal.
Asimismo, el magistrado aseguró que, si bien ningún tribunal argentino puede obligar a actuar al Estado de Venezuela, el acto tiene «plena validez ante tribunales internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos o incluso la Corte Penal Internacional”.
«Antes de resolver emitimos un oficio a Interpol, emitimos oficio a Cancillería para ver en qué situaciones estaba, qué se podía informar. No hay ningún dato, no hay respuesta de ninguna manera. Es más, no sabemos si está vivo”, reveló Castiñeira.
Por último, sostuvo que la independencia es “uno de los elementos esenciales que debe tener un sistema judicial en cualquier país del mundo”, y aseveró que cuando esta independencia está en duda, «siempre es más garantía que una persona esté a disposición de un magistrado y no en un cuartel militar”.