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Turistas vacunados con dos dosis pueden ingresar al país sin PCR ni cuarentena

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A partir de este lunes los turistas extranjeros podrán ingresar a la Argentina si cuentan con el esquema completo de vacunación y la documentación que lo acredite.

A partir de este lunes los turistas extranjeros, de cualquier país, podrán ingresar a la Argentina si cuentan con el esquema completo de vacunación y la documentación que lo acredite. Lo harán sin necesidad de hacerse antígeno al llegar pero deberán contar con un PCR negativo 72 horas antes en origen. No deberán hacer cuarentena, recordó este sábado el Ministerio de Transporte.

El esquema completo de vacunación debe tener por lo menos 14 días antes de su ingreso al país. Deberán presentar una declaración jurada electrónica 48 horas antes, incorporando un test de PCR negativo en origen con toma de muestra hasta 72 horas previas, o un certificado médico de alta si hubieren contraído coronavirus en los últimos 90 días. Luego, se solicitará un análisis de PCR entre el quinto y séptimo día desde su llegada.

Por otra parte, quienes no cuenten con el esquema completo de vacunación, al arribar al país deberán realizarse un test de antígenos y luego un test de PCR negativo para dar por finalizado el aislamiento obligatorio de siete días. Además, para los turistas menores de 18 años sin esquema completo el Ministerio de Salud ofrecerá dosis en los puntos de fronteras.

Por otro lado, los turistas o extranjeros no residentes deberán contar con un seguro con cobertura COVID-19, mientras que los menores de seis años que ingresen al país acompañados de adultos estarán exceptuados de realizar los testeos de antígenos y PCR, pero deberán cumplir obligatoriamente con la cuarentena de siete días.

El personal del Ministerio de Transporte será el encargado de verificar la información que acredite los esquemas de vacunación, y la Policía de Seguridad Aeroportuaria asistirá dichos controles. En el caso de quienes obtengan resultados positivos de COVID-19, deberán permanecer aislados por diez días en los dispositivos dispuestos por el Estado nacional en casos de ingreso por el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque o San Fernando; y en los demás casos en los dispositivos definidos por las provincias.

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