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ANMAT prohibió un movilizador de muñeca

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Se le abrió un sumario sanitario a la titular de la marca que lo comercializaba. También se prohibió la venta de todos los productos.

Este miércoles, La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de un inmovilizador de muñeca universal por irregularidades en sus registros. 

La decisión fue comunicada a través de la Disposición 2280/2023, publicada en el Boletín Oficial, bajo la firma del titular del organismo, Manuel Limeres.

El producto que fue prohibido por ANMAT es el «Inmovilizador de muñeca universal» fabricado por Vivir Taller Ortopédico, perteneciente a Gabriela Laura Viegas, aunque esto aplica a todos los productos médicos fabricados por la firma en todos los casos donde no cuente con los registros correspondientes ante el organismo de control.

En este sentido, la entidad explicó que sus actuaciones se iniciaron el pasado 7 de diciembre de 2022, cuando personal de ANMAT se hizo presente en la sede de la firma «Ortopedia Rubens», propiedad de Velázquez Francisco Andrés y Velázquez Gabriel Fernando, en la calle Francia 1074 de Comodoro Rivadavia, Chubut.

Allí, el personal del organismo realizó un control visual de los productos médicos en stock y detectó un producto sin datos de autorización sanitaria, por lo que este fue retirado en carácter de muestra para su posterior verificación.

En este sentido, el responsable informó que lo había adquirido de la empresa Taller Ortopédico Vivir de Viegas Gabriela Laura, pero no pudo justificar la procedencia del producto y brindó la factura con la dirección de la firma.

Ante esta situación, la Dirección de Gestión de Información Técnica de esta Administración, constató que no existen antecedentes de habilitación ante esta Administración de la firma Vivir Taller Ortopédico, como así tampoco inscripción de ninguno de sus productos.

Por tal motivo, se le iniciará un sumario sanitario a la titular de la empresa, Gabriela Laura Viegas, por presuntos incumplimientos a los artículos 2º y 19° inciso a) de la ley Nº16.463, al Anexo 1, parte 3 de la Disposición ANMAT Nº 2318/2002 y al Anexo 1, parte 1 de la Disposición ANMAT Nº 2319/2002.

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