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Servicios de grúa: lo que se viene

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En el marco de la información que apareció sobre la utilización del servicio de seguros, HECHOS entrevistó de manera exclusiva a la asesora de seguros Carolina Mondino de Santiago Temple.

Carolina Mondino, asesora de seguros oriunda de Santiago Temple fue entrevista por HECHOS abordando temas como el impacto de las medidas adoptadas durante este último tiempo que afectan al servicio, para lo cual respondió:

¿Que pasará con la reducción de Servicios de Grúas?

El viernes 26 de abril, una decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) ha generado un revuelo en el ámbito del seguro automotor argentino. La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, anunció la eliminación de la cláusula CA-CO 15.1, que anteriormente permitía a las aseguradoras ofrecer servicios de acarreo y auxilio mecánico dentro de las pólizas de seguros del automotor.

Con esta medida, se dejará de proporcionar el servicio de auxilio mecánico en las pólizas de automotor, limitándose únicamente a brindar un servicio indemnizatorio en caso de necesitar la grúa debido a daños al vehículo como consecuencia de accidente, robo e incendio.

¿Qué sucede con las pólizas actuales que ya no cuentan con el servicio de auxilio?

 Hasta el momento, las pólizas vigentes mantendrán la cobertura del servicio de remolque, ya que la SSN ha establecido un plazo de 90 días para que las aseguradoras se pronuncien al respecto e implementen la eliminación de esa cláusula.

¿Cómo afectará esta medida al costo del seguro?

 Es posible que cualquier reducción en la cuota del seguro sea mínima, ya que la influencia del servicio de remolque sobre el costo del seguro era limitada en comparación con otras coberturas como robo, incendio y responsabilidad civil.

¿Se podrá contratar un servicio de remolque de manera particular?

 Hasta la fecha, no hay una precisión sobre este tema. Se recomienda seguir de cerca las decisiones que tomen las compañías de seguros al respecto.

Es crucial destacar que la publicación en el Boletín Oficial no exime de conocimiento sobre la resolución. Recomiendo mantener actualizados los datos de contacto, como teléfono y correo electrónico, a través de su Productor Asesor de Seguros, ya que las notificaciones se realizarán por esos medios.

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